Una de las mayores preocupaciones de los conductores son los radares. Esos aparatos encargados de controlar la velocidad de los vehículos y multar a los que sobrepasen el límite de la vía cada vez son más comunes por las carreteras. La DGT aumentó la presencia de cinemómetros, tanto fijos como de tramo, para seguir persiguiendo la velocidad. Ahora se confirma que hay nuevos márgenes en estos radares, algo que siempre hay que tener en cuenta y que puede marcar la diferencia entre ser o no ser multado.
Cada radar está adecuado a la velocidad de la vía donde está instalado, aunque todos sabemos que hay un margen de error. Es decir, si el límite está en 120 km/h y pasamos a 121 km/h no va a haber sanción. Hace un tiempo se hablaba de la «regla del siete» por el margen del 7 % que se podía superar la velocidad máxima sin ser multado. Con el tiempo, se rebajó esa cantidad al 5 % y ahora estamos viendo que aumenta la precisión de los radares. Habrá que tener un cuidado adicional porque saltarán antes y multarán más.
Con la última actualización del BOE, cambian los detalles de la Orden ICT/155/2020 del 7 de febrero. Eso se traduce en que se reducen los márgenes máximos de error en los cinemómetros y quedan en 3 km/h cuando es hasta 100 km/h o en el 3 % cuando se superan los 100 km/h. Eso cuando nos referimos a los radares fijos y los de tramo, concretamente aquellos cuya instalación es fija. Para los radares móviles que están en un vehículo el límite es de 5 km/h por debajo de 100 km/h y del 5 % a partir de esa velocidad. Lo mismo se aplica en las aeronaves, como el helicóptero.
Estos errores se permiten en la fase de evaluación de la conformidad, aunque luego hay que aclarar que cambianligeramente en la verificación periódica. La primera fase se refiere a cuando han sido instalados y están todavía en pruebas, mientras que la segunda es cuando ya están más rodados y reciben esas revisiones periódicas. En las tablas anteriores publicadas en el BOE lo que más interesa es el dato de los ensayos para carretera con tráfico real, ya que en las simulaciones puede haber más errores.
Eso nos deja con la conclusión de que hay que tener más cuidado cada vez que se ve un radar debido a esos márgenes reducidos. Las multas por exceso de velocidad se mantienen, pero ahora será más fácil que lleguen o que pasen a un nivel superior. Para hacernos a una idea de las nuevas velocidades en las que se recibiría multa con el margen más reducido del 3 %, dejamos el siguiente esquema:
- Carreteras limitadas a 30 km/h: 33 km/h radar fijo | 35 km/h radar móvil
- Carreteras limitadas a 50 km/h: 53 km/h radar fijo | 55 km/h radar móvil
- Carreteras limitadas a 90 km/h: 93 km/h radar fijo | 95 km/h radar móvil
- Carreteras limitadas a 120 km/h: 124 km/h radar fijo | 126 km/h radar móvil
Por otro lado, la DGT ha querido dejar claro que ellos seguirán aplicando los mismos márgenes de error, los mencionados anteriormente del 7 % para los radares fijos y del 5 % para los móviles. Como siempre vale más prevenir que curar y todavía no queda demasiado clara la aplicación de la ley, será mejor reducir un par de km/h para ajustarse a los mínimos que llevarse una multa.